Amparo Migratorio Gana en Corte Suprema: Rol 13005-2026
Amparo Migratorio Gana en Corte Suprema: Rol 13005-2026

El Servicio Nacional de Migraciones rechazó la residencia definitiva de una adulta mayor argentina con hijos chilenos, cónyuge con autorización migratoria vigente y años de arraigo en el país — y le ordenó abandonar Chile. La Corte de Apelaciones de Valparaíso la protegió. La Corte Suprema confirmó ese fallo. Así terminó este caso: con el Estado perdiendo en las dos instancias.

Este artículo reconstruye el caso con el expediente completo: Amparo N°759-2026 (C.A. Valparaíso) y Rol N°13005-2026 (Corte Suprema).

La situación: orden de abandono por un documento «no verificable»

El SNM rechazó la solicitud de residencia definitiva argumentando que el certificado de antecedentes penales acompañado no era el original debidamente legalizado y apostillado. Comunicó el rechazo mediante notificación electrónica N°87891090 del 27 de octubre de 2025, otorgó un plazo de 10 días hábiles para subsanar, y al no recibir respuesta a su satisfacción, emitió la Resolución Exenta N°2600100116195 del 26 de febrero de 2025: rechazo de la definitiva con orden de abandono del país.

El problema concreto: el certificado sí era original. La autoridad nunca lo verificó correctamente.

La afectada era una persona de la tercera edad, sin antecedentes penales en Chile ni en Argentina, con residencia temporal previa, cónyuge con permiso migratorio vigente e hijo de nacionalidad chilena. La familia completa estaba radicada en Chile.

El marco legal que protege a los migrantes en esta situación

El artículo 21 de la Constitución Política de Chile garantiza a toda persona el derecho a recurrir de amparo cuando su libertad personal o seguridad individual se vean amenazadas por actos ilegales o arbitrarios.

El artículo 12 de la Ley N°21.325 consagra el principio pro homine: las normas migratorias deben interpretarse siempre en el sentido más favorable a la persona, especialmente cuando están en juego derechos fundamentales. La Ley también exige proporcionalidad en las sanciones migratorias.

Una orden de abandono, aunque formalmente «voluntaria», habilita a la autoridad para decretar la expulsión si no se cumple. No es una sanción menor. Y cuando existe arraigo familiar demostrable, aplicarla resulta desproporcionada.

La solución: línea de tiempo del caso

5 de marzo de 2026. Ulises Abogados, representado por la abogada Carla Cañón Rubio, interpone recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso — Ingreso N°Amparo-759-2026 — en favor de la afectada y en contra del Servicio Nacional de Migraciones y el Ministerio del Interior. El recurso documenta el arraigo familiar, la ausencia de antecedentes penales, el vínculo conyugal inscrito en Chile y la condición de adulta mayor.

5 de marzo de 2026. La Corte ordena informe al SNM en un plazo de 24 horas.

6 de marzo de 2026. El SNM presenta su informe solicitando el rechazo del amparo. Argumenta que actuó conforme a derecho, que el requisito del certificado legalizado es obligatorio según el artículo 88 N°1 de la Ley 21.325, y que la orden de abandono es voluntaria — no una expulsión.

9 de marzo de 2026. La Quinta Sala de la C.A. de Valparaíso acoge el recurso de amparo, sin costas. Deja sin efecto la Resolución Exenta N°2600100116195 y ordena al SNM reabrir el procedimiento, conceder un plazo no inferior a 180 días hábiles para acompañar nueva documentación, y otorgar acceso efectivo a las plataformas necesarias para el trámite. Fallo acordado con voto en contra de uno de los ministros.

10 de marzo de 2026. El SNM apela ante la Corte Suprema.

12 de marzo de 2026. El expediente ingresa a la Corte Suprema bajo el Rol N°13005-2026. La Segunda Sala lo asigna con preferencia legal.

1 de abril de 2026. La Segunda Sala de la Corte Suprema — integrada por los ministros Valderrama, Llanos, Gajardo, Zepeda y la abogada integrante Tavolari — confirma la sentencia apelada. El fallo del tribunal de primera instancia queda firme.

2 de abril de 2026. La Corte de Apelaciones de Valparaíso ordena cumplir e informar de inmediato al SNM.

El resultado

Victoria en dos instancias. La Corte de Apelaciones acogió el amparo el 9 de marzo. La Corte Suprema confirmó el fallo el 1 de abril. Tiempo total desde la interposición del recurso hasta el fallo definitivo: 27 días corridos.

El SNM debe reabrir el procedimiento y dar a la afectada al menos 180 días hábiles para presentar documentación corregida, con acceso garantizado a plataformas migratorias. La orden de abandono quedó sin efecto.

Qué significa este fallo para otros migrantes

La Corte fue explícita: aplicar la consecuencia más gravosa de la legislación migratoria — la orden de abandono — resulta desproporcionada cuando existe arraigo familiar demostrable, ausencia de antecedentes y ausencia de riesgo para el orden público.

El principio pro homine del artículo 12 de la Ley 21.325 no es retórica. Este fallo lo aplica en concreto: la norma migratoria debe interpretarse a favor de la persona, no en su contra.

El hecho de que el cónyuge haya obtenido la autorización migratoria bajo las mismas condiciones fue un elemento decisivo. El trato diferenciado sin justificación razonable deviene en arbitrariedad.

Para los migrantes con solicitud de definitiva en trámite: un error documental — real o presunto — no autoriza al SNM a dictar una orden de abandono inmediata cuando existen vínculos familiares consolidados en Chile.

¿Tu situación se parece a este caso?

Considera que puedes tener una acción viable si:

— El SNM rechazó tu solicitud de residencia definitiva por un documento que sí presentaste correctamente — Tienes una orden de abandono activa y cónyuge o hijos chilenos — Tu cónyuge obtuvo residencia bajo las mismas condiciones que te exigen a ti — Eres adulto mayor con toda tu familia radicada en Chile — El SNM no te dio acceso efectivo a las plataformas para subsanar — Llevas años con residencia temporal sin antecedentes penales en Chile ni en tu país — Te notificaron el rechazo y el plazo de 10 días ya venció sin que pudieras responder correctamente

Ninguna de estas señales garantiza resultado. Cada caso tiene sus propios antecedentes. Lo que sí garantizamos es un análisis honesto de tu situación.

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Si tienes una orden de abandono activa o tu definitiva fue rechazada, el tiempo importa. El recurso de amparo tiene plazos cortos y requiere documentación específica desde el primer escrito.

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FICHA DE VERIFICACIÓN

Tribunal primera instancia · Corte de Apelaciones de Valparaíso

Rol · Amparo N°759-2026 Fecha fallo C.A. · 9 de marzo de 2026 · Acogido

Tribunal segunda instancia · Corte Suprema, Segunda Sala

Rol · N°13005-2026 Fecha fallo Suprema · 1 de abril de 2026 · Confirma sentencia apelada

Código de verificación C.A. · XNQUBXXDTZF

Código de verificación Suprema · MPRXCXELUQP

Verificar en: verificadoc.pjud.cl

Escrito por: Yesid Alberto Castaño

Escrito por: Yesid Alberto Castaño

Con más de 12 años de trayectoria, me he posicionado como una autoridad en inmigración y extranjería en Chile. En 2019, mi lucha por el derecho de los extranjeros a retirar sus fondos de AFP me llevó hasta el Senado, donde mi propuesta fue rechazada. Hoy, el precedente legal que ha sentado Ulises Abogados con una victoria histórica valida mi causa y el esfuerzo de nuestra comunidad. Mi misión es clara: recomendar y aplicar estrategias que rompen las barreras del sistema y garantizan los derechos de los inmigrantes.