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¿Cómo solicitar la devolución de fondos de AFP para extranjeros?

Humberto Hermosilla

Publicado: 26 de febrero de 2023
Devolución Fondos AFP Extranjeros Chile

Devolución de fondos de AFP para extranjeros en Chile

La Ley N° 18.156, modificada por la Ley N° 18.726, establece la exención de la obligación de dar cumplimiento a las leyes de previsión que rigen para los trabajadores en general, respecto de las empresas que celebren contratos de trabajo con personal técnico extranjero y de este personal.

En consecuencia, tanto aquéllas como éste podrán abstenerse de enterar las cotizaciones previsionales de una Administradora de Fondos de Pensiones, siempre que se reúnan las condiciones establecidas en el artículo 1° de dicha ley.

Por su parte, el artículo 7° de la misma ley otorga la facultad de solicitar la devolución de los fondos previsionales que hubieren depositado, a los trabajadores extranjeros afiliados a una Administradora de Fondos de Pensiones siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 1° del citado cuerpo legal.

 

Requisitos exigidos en la Ley N° 18.156

Estarán exentos de la obligación de efectuar cotizaciones previsionales en una Administradora, los trabajadores extranjeros que reúnan las siguientes condiciones:

a) Que detenten la calidad de «técnicos», a lo menos.

Se entenderá por técnico para estos efectos, a los trabajadores que posean conocimientos de una ciencia o arte, que puedan ser acreditados mediante documentos justificativos de estudios especializados o profesionales debidamente legalizados y, en su caso, traducidos oficialmente por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

b)Que el trabajador se encuentre afiliado a un régimen de previsión o seguridad social fuera de Chile, cualquiera sea su naturaleza jurídica, que le otorgue prestaciones, a lo menos, en casos de enfermedad, invalidez, vejez y muerte.

El cumplimiento de este requisito debe acreditarse mediante certificación de la institución de seguridad social correspondiente, debidamente legalizada, en la que conste su obligación de otorgar prestaciones en casos de enfermedad, invalidez, vejez o muerte.

c) Que en el contrato de trabajo respectivo el trabajador exprese su voluntad de mantener la afiliación referida.

¿Cómo solicitar la devolución de fondos de la AFP?

a) Los afiliados que deseen ejercer el derecho que les confiere la ley N° 18.156, deberán suscribir en la correspondiente Administradora un formulario «Solicitud de devolución de fondos previsionales Ley N° 18.156». Dicho formulario se confeccionará en original y copia, el original quedará en poder de la Administradora y la copia se entregará al afiliado.
Esta solicitud podrá ser presentada por un tercero en representación del afiliado, quien deberá acreditar su calidad de mandatario acompañando un poder especial otorgado por el afiliado ante Notario Público, en el que conste expresamente la autorización para retirar los fondos previsionales.
La Administradora deberá informar al afiliado en el momento en que éste suscriba la solicitud, que en caso de efectuarse el retiro de fondos, posteriormente no tendrá acceso a la Pensión Básica Solidaria, por cuanto dicho retiro supone la afiliación a otro régimen previsional y, consecuentemente, el derecho a un beneficio de tal carácter.

b) Para la suscripción del formulario precedentemente señalado, la Administradora deberá exigir al afiliado la presentación de la documentación pertinente, que acredite que el afiliado cumple con los requisitos exigidos en la Ley N° 18.156 para acceder al beneficio.
La documentación pertinente deberá presentarse debidamente legalizada, en caso contrario no podrá la Administradora dar curso a la «Solicitud de devolución de fondos previsionales ley N° 18.156».

c) La documentación que presente el afiliado será analizada por la Fiscalía de la Administradora, la que deberá darle su aprobación a más tardar dentro del 5° día hábil contado desde la fecha de presentación de la solicitud.

d) Si la solicitud fuere aprobada, dentro de los tres días siguientes, la Administradora deberá poner a disposición del afiliado los fondos existentes en su cuenta personal, hecho que le será informado mediante carta certificada, a menos que el afiliado solicite expresamente que desea recibir el pago y la documentación de una forma distinta. El Saldo se expresará en pesos, considerando para ello el valor cierre de la cuota del Fondo de Pensiones del día hábil anteprecedente al cargo.

e) En caso de que la solicitud fuere rechazada, este hecho se comunicará al afiliado mediante carta certificada en el mismo plazo indicado en la letra anterior, a menos que el afiliado solicite expresamente que desea recibir dicha información de una forma distinta.

f) La documentación que acredite que el afiliado cumple con los requisitos exigidos por la ley para acceder a la devolución de sus fondos previsionales y los comprobantes de dicha devolución, se mantendrán en la carpeta individual respectiva para efectos de la fiscalización que, sobre estas materias, efectuará regularmente la Superintendencia

Impuestos relacionados al retiro de los fondos de la AFP

3.1 Los retiros de recursos originados en cotizaciones obligatorias y depósitos convenidos, estarán afectos a la tributación del artículo 42, N° 1, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Para tal efecto la devolución se considerará como una remuneración normal percibida por el trabajador extranjero en la fecha de su devolución.

Conforme lo dispone el artículo 74, N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, las Administradoras de Fondos de Pensiones como entidades pagadoras de las rentas señaladas en el párrafo anterior, estarán obligadas a retener el Impuesto Único de Segunda Categoría que afecte a tales retiros, de acuerdo a la escala de tasas del artículo 43, N° 1 de la citada ley, que esté vigente a la fecha de pago de los respectivos recursos.

En resumen, si eres un trabajador extranjero en Chile y cumples con los requisitos establecidos por la Ley N° 18.156 para solicitar la devolución de fondos de AFP, es importante que realices el proceso de manera adecuada y en conformidad con las regulaciones correspondientes. En Ulises Abogados, contamos con un equipo de abogados expertos en el área previsional, quienes pueden ayudarte en cada paso del proceso y asegurarte el éxito en la devolución de tus fondos de AFP. No dudes en contactarnos para obtener asesoría legal en este y otros temas relacionados con el derecho laboral.

Escrito por: Humberto Hermosilla

Escrito por: Humberto Hermosilla

Abogado especializado en derecho migratorio, con más de 15 años de experiencia laboral, destaca con un amplio historial sirviendo a organizaciones públicas y privadas. Se desempeñó como abogado Jefe del Departamento Sancionatorio y Director subrogante del Departamento Jurídico del Servicio Nacional de Migraciones, posee estudios sobre Migraciones y políticas públicas intergubernamentales e intersectoriales.

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