La residencia temporal de estudiante (subcategoría 3 del SERMIG) es para quien viene a estudiar en un establecimiento reconocido por el Estado de Chile. Se pide desde el exterior, en el Portal de Trámites Digitales, con el certificado de matrícula o de alumno regular y la prueba de cómo te vas a mantener. Permite trabajar hasta 30 horas a la semana sin otra autorización, dura hasta 2 años y se prorroga mientras sigas estudiando. Esta ficha resume los documentos, las reglas de trabajo y qué pasa si dejas de ser estudiante.
Quién, dónde y cuándo
| Quién puede pedirla | La persona extranjera que quiere establecerse en Chile para estudiar en un establecimiento educacional reconocido por el Estado (Ley 21.325, artículo 70, número 3) |
| Dónde | Solo desde el exterior, en el Portal de Trámites Digitales del SERMIG, con ClaveÚnica o una cuenta del portal. Quien ya tiene otra residencia temporal puede pasar a esta desde Chile con un cambio de subcategoría |
| Vigencia | Hasta 2 años, prorrogable mientras sigas estudiando |
| Trabajo | Hasta 30 horas semanales, en tu institución o con cualquier otro empleador, sin autorización adicional. Trabajar no te hace perder la calidad de estudiante, salvo que pases de las 30 horas |
| Costo | Según nacionalidad, en la tabla de aranceles del SERMIG; desde el exterior se paga antes de enviar la solicitud |
| Familia | Cónyuge o conviviente e hijos menores de 18, con discapacidad, o de 18 a 23 años que estudien, pueden pedirla como dependientes (artículo 74) |
| Plazo para resolver | 6 meses (Ley 19.880, artículo 27) |
Requisitos, con el nombre que usa el SERMIG
- Pasaporte vigente, por al menos un año desde la solicitud.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen o de donde hayas vivido los últimos 5 años (mayores de 18), con no más de 60 días: antecedentes penales para trámites migratorios.
- Fotografía reciente a color, fondo blanco, sin anteojos ni gorro.
- Certificado de alumno regular o certificado de matrícula del establecimiento en Chile.
- Acreditar sustento económico: depósitos bancarios, giros periódicos a tu nombre o declaración jurada de expensas de tu mantenedor en Chile firmada ante notario, que además acredite sus ingresos, entre otros. Si tienes beca, el certificado de beca con período, financiamiento y centro de estudios.
Reglas para todos los documentos: traducción oficial si no están en español o inglés; apostilla o legalización si se emitieron en el exterior (cómo se hace); privados dentro de 30 días desde su emisión y públicos dentro de 60; todo en PDF.
Paso a paso
- Consigue la matrícula o el certificado de alumno regular de un establecimiento reconocido por el Estado.
- Arma la prueba de sustento: cartolas, giros, beca o la declaración de expensas de tu mantenedor con sus ingresos.
- Pide el certificado de antecedentes penales con apostilla, para que no pase de 60 días al enviar.
- Crea tu cuenta en el Portal de Trámites Digitales y declara un correo que revises: ahí llegan los requerimientos.
- Completa la solicitud, subcategoría estudiantes, adjunta todo en PDF y paga los derechos.
- Cuando te la otorguen, descarga el estampado electrónico, entra a Chile dentro de 90 días corridos y pide hora para la cédula dentro de 30 días.
- Antes del vencimiento, pide la prórroga entre 90 y 10 días antes, con un certificado que acredite que sigues estudiando y la prueba de sustento actualizada.
Errores frecuentes
- Pedirla desde Chile como turista. Es solo desde el exterior.
- Trabajar más de 30 horas semanales. Puede hacerte perder la calidad de estudiante.
- Dejar los estudios sin cambiar de subcategoría. Si pierdes la calidad de estudiante regular, el SERMIG puede revocar el permiso; el caso fortuito o la fuerza mayor se pueden hacer valer en ese procedimiento.
- Declaración de expensas sin notario o sin los ingresos de quien te mantiene.
- Pedir la prórroga sin certificado de alumno regular vigente.
Qué hacer si se atrasa o te la rechazan
Si terminas de estudiar y empiezas a trabajar, el camino es el cambio a la residencia por trabajo antes de que venza tu permiso: cambio de subcategoría y visa de trabajo.
Si pasaron más de 6 meses sin respuesta, se puede pedir a la Corte de Apelaciones que ordene resolver: aceleración de residencia temporal. Si te la rechazan o te la revocan, antes el SERMIG debe darte 10 días para presentar antecedentes (artículo 91); más detalle en la guía de residencia temporal.
Fuente oficial
SERMIG: Estudiantes de establecimientos reconocidos · Residencia Temporal · Aranceles migratorios · Ley 21.325, artículos 70, 74 y 91 · Ley 19.880, artículo 27.
Portal completo: trámites migratorios en Chile, en lenguaje simple. Guía del tema: residencia temporal: las 15 subcategorías.
