El estampado electrónico es el documento digital que acredita tu residencia temporal: reemplaza el timbre en el pasaporte e indica tu subcategoría y la fecha de vencimiento. Si postulaste en Chile, desde el 6 de junio de 2025 llega activado a tu correo cuando pagas los derechos. Con él tienes 30 días para pedir hora en el Registro Civil y sacar la cédula; si no, hay multa. Esta ficha explica cómo llega según tu caso, los plazos y qué revisar antes de pedir la cédula.
Quién, dónde y cuándo
| Quién lo recibe | Toda persona a la que se le otorgó una residencia temporal, en Chile o en el exterior, como titular o dependiente. Los dependientes solo pueden obtenerlo después de que el titular obtenga y active el suyo |
| Cómo llega | Solicitud en Chile desde el 14/05/2022 (o temporal otorgada tras el rechazo de una definitiva): llega activado al correo declarado al pagar los derechos, o al otorgarse si no hay pago, y queda en la bandeja del Portal de Trámites Digitales. Solicitud en Chile antes del 14/05/2022: se descarga en el trámite «Estampado Electrónico» 10 días después del pago. Solicitud desde el exterior: en la bandeja del portal, buscando el trámite por su ID |
| Plazos | Desde el exterior: 120 días hábiles para descargarlo desde la notificación y luego 90 días corridos para entrar a Chile. En Chile: 180 días corridos para pagar los derechos |
| Costo | Sin costo adicional a los derechos de la residencia |
| Cédula | Pedir hora en el Registro Civil dentro de 30 días desde que entra en vigencia la residencia (Ley 21.325, artículo 43): desde tu ingreso a Chile si la pediste en el exterior, o desde la descarga del estampado si la pediste en Chile. La cédula se emite con los nombres y la vigencia del permiso |
| PDI | Las residencias temporales otorgadas después del 12/02/2022 ya no se registran en la Policía de Investigaciones antes de la cédula |
Qué necesitas
Para descargar el estampado en el trámite digital (casos anteriores al 14/05/2022 o recursos en papel), una de dos opciones:
- Con los datos de la resolución: fecha de nacimiento, nacionalidad, fecha y número de la resolución que otorgó el permiso.
- Con el documento de identidad: tipo de documento con el que postulaste, número de pasaporte o DNI, país que lo emitió y fecha de nacimiento.
Para la cédula: la hora reservada en el Registro Civil y los documentos que indica su ficha oficial en ChileAtiende.
Paso a paso
- Espera la notificación de otorgamiento en el correo que declaraste.
- Si postulaste en Chile, paga los derechos desde el enlace de la Tesorería que llega en la notificación, dentro de los 180 días corridos.
- Recibe o descarga el estampado según tu caso (cuadro de arriba).
- Revisa los datos antes de usarlo: nombre, número de documento, subcategoría y fechas de vigencia. Si hay un error, pide la rectificación en el portal («Rectificación de Residencia Temporal otorgada»).
- Guarda el PDF en el teléfono y en el correo: es el documento que acredita tu residencia.
- Si postulaste desde el exterior, entra a Chile dentro de los 90 días corridos; la vigencia empieza ese día.
- Dentro de los 30 días, pide hora en el Registro Civil para la cédula.
- Asiste a la cita con los documentos pedidos. Si eres dependiente, confirma antes que el titular ya activó su estampado.
Errores frecuentes
- No pagar los derechos a tiempo: sin pago no se envía el estampado activado.
- Dejar pasar los 30 días para la cédula. Es infracción, con multa de media a 2 UTM (artículo 106); declarada por ti, 0,25 UTM si es la primera vez y el retraso es de hasta 30 días: multas migratorias.
- Usar un estampado con datos mal escritos, que después no calzan con la cédula ni con el pasaporte.
- Desde el exterior, no entrar a Chile dentro de los 90 días desde la descarga.
- Esperar un registro en la PDI que ya no se exige.
Qué hacer si se atrasa o te lo rechazan
Si pagaste y el estampado no llega, revisa la bandeja del Portal de Trámites Digitales con la cuenta de la solicitud y, si no está, abre un ticket en Ayuda Migraciones: cómo contactar al SERMIG.
Si tu cédula venció y tienes una residencia en trámite, la ley dice que la cédula mantiene su vigencia mientras cuentes con el certificado de residencia en trámite vigente (artículo 43). El SERMIG pidió por oficio a la Corte Suprema (notarías y conservadores), a la Superintendencia de Salud y a la Comisión para el Mercado Financiero (bancos y aseguradoras) que se respete esa regla (comunicaciones y oficios del SERMIG). Si igual te la desconocen: vigencia de la cédula de extranjeros con residencia en trámite.
Si lo que se atrasa es la residencia, con más de 6 meses sin respuesta se puede pedir a la Corte que el SERMIG resuelva: aceleración de residencia temporal.
Fuente oficial
SERMIG: Estampado Electrónico · Residencia Temporal · Declaración de infracción · ChileAtiende: cédula para extranjeros · Ley 21.325, artículos 43 y 106.
Portal completo: trámites migratorios en Chile, en lenguaje simple. Fichas relacionadas: postular a la residencia temporal · prórroga de la residencia temporal.
