La permanencia transitoria es el permiso con el que entras a Chile como turista, por negocios u otro motivo, sin intención de quedarte a vivir. Permite estar hasta 90 días y se puede prorrogar una sola vez, por hasta 90 días más, pagando USD 100 en el Portal de Trámites Digitales del SERMIG antes de que venza tu Tarjeta Única Migratoria. Con este permiso no se puede trabajar y, salvo excepciones, tampoco pedir una residencia desde Chile. Esta ficha ordena los plazos, la prórroga y lo que pasa si te quedas más tiempo.
Quién, dónde y cuándo
| Para quién es | Turistas y quienes vienen por recreo, negocios, salud, estudios breves o familia; tripulantes de transporte internacional; personas incluidas en tratados internacionales; habitantes de zonas fronterizas; y residentes oficiales que terminan su misión |
| Cuánto dura | Hasta 90 días (Ley 21.325, artículo 48), nunca más allá de la vigencia de tu pasaporte o documento de viaje |
| Qué la acredita | La Tarjeta Única Migratoria (TUM) que entrega la Policía de Investigaciones al entrar, con la fecha de vencimiento |
| Visa o autorización previa | No se exige, salvo a los nacionales de los países que indica el Ministerio de Relaciones Exteriores; esa autorización se pide en un consulado de Chile en el exterior |
| Prórroga | Una sola vez, por hasta 90 días corridos, pedida antes del vencimiento de la TUM. Cuesta USD 100, sin distinción de nacionalidad; niños, niñas y adolescentes están exentos. Por fuerza mayor, el SERMIG puede dar una segunda prórroga sin pago, solo por el tiempo necesario para salir del país (artículo 48) |
| Medios de subsistencia | Al entrar y al prorrogar debes poder acreditar medios lícitos para mantenerte durante tu estadía (artículo 47) |
Requisitos de la prórroga, con el nombre que usa el SERMIG
- Imagen de la hoja de identificación del documento vigente con el que entraste (pasaporte, cédula de identidad o DNI).
- Tarjeta Única Migratoria (TUM).
- Autorización previa o visa, si tu nacionalidad la exige.
- Pago de derechos: USD 100.
- Medios lícitos de subsistencia para el período de la prórroga, con uno o más de estos documentos: cartola, certificado o estado de cuenta bancario actualizado a tu nombre, con verificación digital (si no la tiene, legalizado ante notario con firma electrónica avanzada); comprobante de retiro de dinero con tu nombre, fecha y monto, legalizado igual; o, si te mantiene otra persona, sus datos y documento de identidad, una declaración jurada de expensas ante notario con firma electrónica avanzada y los documentos que acrediten sus medios.
- Declaración detallada de los motivos por los que necesitas la prórroga.
Los documentos que no estén en español o inglés van con traducción oficial y legalizados ante notario con firma electrónica avanzada.
Paso a paso
- Revisa la fecha de vencimiento en tu TUM el día que entras.
- Decide con tiempo si necesitas más días. La prórroga se pide antes del vencimiento, no después.
- Reúne el respaldo de tus medios: cartola con verificación digital o documentos legalizados ante notario con firma electrónica avanzada.
- Escribe la declaración de motivos: por qué necesitas quedarte más tiempo.
- Entra al Portal de Trámites Digitales con ClaveÚnica o con una cuenta del portal y abre «Prórroga de Permanencia Transitoria».
- Adjunta todo, paga los USD 100 y guarda el comprobante.
- Revisa el correo que declaraste hasta recibir la respuesta.
- Sal de Chile antes del nuevo vencimiento. No hay una segunda prórroga pagada.
Errores frecuentes
- Quedarse después del vencimiento. Tiene multa (de media a 10 UTM hasta 180 días; declarada por ti, desde 0,25 UTM la primera vez) y es causal de expulsión para quien tiene permanencia transitoria (artículo 127, número 4). Ver multas migratorias.
- Trabajar como turista. Solo se puede con una autorización de trabajo para actividades específicas y esporádicas. Sin ella hay multa de media a 5 UTM (artículo 109), y repetirlo después de una sanción es causal de expulsión (artículo 127, número 5).
- Pedir una residencia temporal desde Chile como turista. No se puede, salvo que tengas vínculos de familia con chilenos o residentes definitivos, postules como dependiente de un titular de residencia temporal, tengas una razón humanitaria o estés en otro caso calificado por la Subsecretaría del Interior.
- Cartola sin verificación digital y sin legalizar ante notario.
- Pedir la prórroga el último día sin los documentos listos.
Qué hacer si se atrasa o te lo rechazan
Si tu permiso ya venció, declara la infracción y paga la multa antes de intentar salir: no se puede salir de Chile con multas migratorias impagas. Si tienes familia chilena o residente definitiva, revisa si puedes regularizarte desde Chile: reunificación familiar.
Si te llegó una orden de abandono o de expulsión, hay plazos cortos para actuar: orden de abandono y expulsión. Para una consulta sobre tu caso: contacto, con la primera evaluación por videollamada y sin costo.
Fuente oficial
SERMIG: Prórroga de Permanencia Transitoria · Permanencia Transitoria · Aranceles migratorios · Consulado de Chile: países que requieren visa · Ley 21.325, artículos 47, 48, 107, 109 y 127.
Portal completo: trámites migratorios en Chile, en lenguaje simple. Fichas relacionadas: cómo contactar al SERMIG · postular a la residencia temporal.
