La residencia temporal es el permiso del Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG) para vivir en Chile por un tiempo limitado, hasta 2 años, prorrogable. Se pide en el Portal de Trámites Digitales, desde el extranjero o, en casos definidos, desde Chile. Hay 15 subcategorías; la que elijas define tus documentos y si puedes postular estando en el país.
El plazo legal para resolver es de 6 meses. En los casos que llevamos, la primera solicitud tarda más que una renovación, y la de reunificación familiar es la que más se atrasa. Esta guía ordena las subcategorías, los requisitos con el nombre del SERMIG, el paso a paso y qué hacer cuando el trámite no avanza o lo rechazan.
Datos rápidos
| Qué es | Permiso para establecerse en Chile por tiempo limitado, vigencia hasta 2 años (trabajadores de temporada hasta 5, con 6 meses por año) |
| Subcategorías | 15 (Decreto N° 177): reunificación familiar, actividades remuneradas, estudiantes, temporada, Gendarmería, orden judicial, razones humanitarias, acuerdos internacionales, religiosos, tratamiento médico, jubilados y rentistas, ex residentes definitivos, inversionistas, negocios de múltiple entrada, Mercosur |
| Dónde | Portal de Trámites Digitales del SERMIG: «Residencia Temporal en el extranjero» o «Residencia Temporal en Chile» |
| Documentos generales | Pasaporte (vigencia mínima 1 año si postulas desde fuera), certificado de antecedentes penales (máximo 60 días desde su emisión), fotografía; más los específicos de la subcategoría |
| Prórroga | Se pide entre 90 y 10 días antes del vencimiento; por dos años sucesivos |
| Plazo oficial | 6 meses (Ley 19.880, art. 27) |
| Plazo en la práctica | La primera solicitud tarda más que la renovación; reunificación familiar es la que más se atrasa (casos que llevamos) |
Qué es la residencia temporal y para quién es
Es el primer permiso de residencia para la mayoría de las personas que se quedan en Chile. La otorga el SERMIG a quien tiene el propósito de establecerse por un tiempo limitado, y su vigencia es de hasta 2 años, salvo los trabajadores de temporada.
Desde la Ley 21.325 (vigente desde el 12 de febrero de 2022), quien entra como turista (permanencia transitoria) no puede pedir residencia desde dentro de Chile, salvo excepciones: vínculo de familia con chilenos o residentes definitivos, ser dependiente de un titular de temporal, razones humanitarias, estadía concordante con la Política Nacional de Migración u otros casos calificados por la Subsecretaría del Interior. Los demás postulan desde su país, en el consulado o en el portal, antes de viajar.
Las 15 subcategorías
| Subcategoría (nombre del SERMIG) | Para quién | Se puede pedir desde Chile |
|---|---|---|
| 1. Reunificación familiar | Cónyuge, padre, madre, hijo menor de 18, hijo con discapacidad, hijo soltero estudiante menor de 24, menor bajo cuidado, de un chileno o residente definitivo | Sí |
| 2. Actividades lícitas remuneradas | Quien tiene contrato u oferta de trabajo, o trabaja por cuenta propia | No (salvo cambio de subcategoría) |
| 3. Estudiantes | Matriculados en establecimientos reconocidos por el Estado | No (salvo cambio) |
| 4. Trabajadores de temporada | Trabajos estacionales; hasta 5 años, 6 meses por año | No |
| 5. Bajo custodia de Gendarmería | Personas privadas de libertad | Sí |
| 6. Orden judicial | Quien debe permanecer en Chile por resolución de un tribunal | Sí |
| 7. Razones humanitarias | Embarazo, víctimas de trata o violencia, NNA, entre otros | Sí |
| 8. Acuerdos internacionales | Personas acogidas a tratados vigentes | Según el acuerdo |
| 9. Religiosos | Cultos reconocidos oficialmente | No (salvo cambio) |
| 10. Tratamiento médico | Quien viene a tratarse en Chile | No |
| 11. Jubilados y rentistas | Ingresos por pensión o rentas | No (salvo cambio) |
| 12. Ex titulares de residencia definitiva | Quien perdió la definitiva por ausencia | Según el caso |
| 13. Inversionistas | Inversionistas y personal relacionado | No |
| 14. Negocios de múltiple entrada | Gestión de negocios con entradas repetidas | No |
| 15. Mercosur (reciprocidad internacional) | Nacionales de países del acuerdo (Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay) | Según el acuerdo |
Guías por subcategoría: reunificación familiar · actividades remuneradas (trabajo) · dependiente de un titular · estudiantes · razones humanitarias · Mercosur (caso).
Requisitos, con los nombres que usa el SERMIG
Documentos generales para todas las subcategorías:
- Documento de identificación: hoja de identificación del pasaporte. Desde el extranjero se exige pasaporte vigente por al menos 1 año desde la solicitud (bolivianos por Mercosur pueden usar DNI); desde Chile se acepta el documento de identidad vigente.
- Certificado de antecedentes penales y/o judiciales del país de origen, o del país donde viviste los últimos 5 años. Mayores de 18. Vigencia máxima: 60 días desde su emisión.
- Fotografía reciente a color, fondo blanco, rostro completo, sin lentes ni gorro, en JPG o PNG.
Reglas para todos los documentos: en idioma distinto del español o inglés, traducción oficial; emitidos fuera de Chile, apostillados o legalizados (artículos 345 y 345 bis del Código de Procedimiento Civil); los de entidades privadas se adjuntan dentro de 30 días desde su emisión, los de organismos públicos dentro de 60; todo en PDF. Si estás en Chile como turista, copia de la Tarjeta Única Migratoria (TUM) o del timbre de ingreso.
Cada subcategoría agrega los suyos: contrato de trabajo, certificado de matrícula, certificado de matrimonio o nacimiento, certificado médico, entre otros. Están en la página de la subcategoría en el sitio del SERMIG.
Paso a paso
- Elige la subcategoría que corresponde a tu situación real. Si te equivocas, el SERMIG puede rechazar por no cumplir los requisitos de la que elegiste.
- Reúne los documentos con apostilla y traducción. Pide los antecedentes penales al final, porque vencen a los 60 días.
- Postula en el portal. «Residencia Temporal en el extranjero» si estás fuera; «Residencia Temporal en Chile» si estás dentro y calzas en una excepción. Guarda el comprobante con la fecha.
- Descarga el certificado de residencia en trámite si postulaste desde Chile. Te habilita para trabajar y para salir y entrar del país mientras resuelven.
- Responde los requerimientos. Si el SERMIG pide algo, llega al correo declarado y a la bandeja del portal. Antes de un rechazo te notifica las razones y te da 10 días hábiles para descargos.
- Paga los derechos en la Tesorería General de la República: antes de enviar si postulaste desde fuera; cuando te lo notifiquen si postulaste desde Chile.
- Descarga el estampado electrónico. Desde fuera tienes 90 días corridos para entrar a Chile; la vigencia corre desde tu ingreso. Desde Chile corre desde la descarga. Luego pide cédula en el Registro Civil.
Plazos: lo oficial y lo real
Lo que dice la ley: 6 meses como máximo para cualquier procedimiento administrativo (Ley 19.880, artículo 27), salvo caso fortuito o fuerza mayor.
Lo que vemos en los casos que llevamos: las primeras solicitudes demoran más que las prórrogas y los cambios de subcategoría; la reunificación familiar es la que más se atrasa. La Contraloría documentó en 2022 demoras de entre 180 y 990 días y decenas de miles de solicitudes sin gestionar (informe N° 178/2022).
Qué se puede hacer: pasados 6 meses y un día, se puede pedir a la Corte de Apelaciones, con un recurso de protección, que ordene al SERMIG resolver. Las Cortes han fijado plazos de 60 días. Cuánto demora la residencia temporal y cómo se aceleró en la Corte. Servicio: aceleración de residencia temporal.
Problemas frecuentes y qué hacer
Mi trámite lleva más de 6 meses sin respuesta
Es la consulta más frecuente. Revisa el estado en «Consulta estado de trámite» del portal. Si supera los 6 meses, el recurso de protección es la vía; la Corte no decide tu residencia, obliga al SERMIG a decidir en un plazo.
Me rechazaron la temporal
El artículo 88 de la Ley 21.325 permite rechazar por no cumplir los requisitos de la subcategoría, prohibiciones del artículo 32, documentos falsos, falta de medios o sanciones tributarias o previsionales reiteradas. La resolución de rechazo fija un plazo para abandonar el país, no menor a 5 días. Los recursos administrativos de la Ley 19.880 suspenden esos efectos mientras se resuelven. Si ya hay orden de abandono, lee la guía de orden de abandono y expulsión. Caso: rechazo de temporal revertido con amparo, Rol 711-2026.
Mi temporal venció y pedí el cambio de subcategoría
El certificado de residencia en trámite acredita tu regularidad y te permite salir y entrar aunque la temporal expire durante el trámite. Guárdalo vigente.
Entré como turista y quiero quedarme
Solo puedes postular desde Chile si tienes vínculo de familia con chileno o residente definitivo, eres dependiente de un titular de temporal, hay razones humanitarias o un caso calificado. Si no, la solicitud se hace desde tu país.
Estoy embarazada
Existe un permiso especial para mujeres extranjeras en situación de embarazo que estén en Chile con permanencia transitoria o residencia temporal, con certificado de un profesional de la Red Asistencial. No es prorrogable.
Los documentos de mis hijos
Los niños, niñas y adolescentes reciben residencia temporal con independencia de la situación migratoria de sus padres, y no se les aplica sanción por permiso vencido. Sección de NNA en la guía de reunificación familiar.
Casos ganados sobre residencia temporal
Cada caso tiene número de rol y se puede verificar en el Poder Judicial. Los datos del cliente están anonimizados.
- Reunificación familiar detenida 20 meses, Rol Protección-9027-2026: la Corte de Apelaciones de Santiago ordenó resolver en 60 días; sentencia firme en 38 días.
- Once meses de espera en una residencia Mercosur: la Corte exigió respuesta.
- Rechazo de residencia temporal revertido, Rol 711-2026.
- Residencia temporal: un caso de defensa de derechos.
Evalúa tu caso
Si tu residencia temporal lleva más de 6 meses sin respuesta, o te la rechazaron, cuéntanos la fecha de solicitud, la subcategoría y qué te notificaron. Te decimos qué corresponde y cuánto tarda en la Corte. La primera evaluación es por videollamada y sin costo.
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¿Cuánto dura la residencia temporal en Chile?
Hasta 2 años, prorrogables por dos años sucesivos. Trabajadores de temporada: hasta 5 años, con estadías de máximo 6 meses por año y prórroga de hasta 2 años. El permiso de embarazo no se prorroga. La vigencia del dependiente sigue a la del titular.
¿Puedo trabajar con la residencia temporal en trámite?
Sí. El SERMIG otorga permiso para trabajar a quien inició el trámite de residencia, y el certificado de residencia en trámite habilita para actividades remuneradas.
¿Cuándo pido la prórroga?
Con no más de 90 y no menos de 10 días de anticipación al vencimiento del permiso vigente.
¿Cuánto tiempo tengo para entrar a Chile si me la dieron desde el extranjero?
90 días corridos desde que descargas el estampado electrónico. La vigencia de la residencia empieza el día que entras.
¿Qué es la visa de trabajo en Chile?
Hoy se llama residencia temporal para extranjeros que desarrollan actividades lícitas remuneradas (subcategoría 2). Se pide desde el país de origen con contrato u oferta. Guía de la residencia temporal de trabajo.
Fuente oficial
Servicio Nacional de Migraciones: Residencia Temporal (subcategorías, requisitos, vigencia, rechazo y preguntas frecuentes) · Ley 21.325 · Ley 19.880, artículo 27.
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