Certificado de antecedentes penales para trámites migratorios: de qué país, vigencia y apostilla

Casi todos los trámites de residencia y nacionalidad piden el certificado de antecedentes penales o judiciales del país de origen,…

Casi todos los trámites de residencia y nacionalidad piden el certificado de antecedentes penales o judiciales del país de origen, o del país donde viviste los últimos cinco años, si eres mayor de 18. Debe tener pocos días desde su emisión (el SERMIG exige 60 en la temporal y la definitiva), venir apostillado o legalizado y traducido si no está en español ni en inglés. Es el documento que más se vence y el que más requerimientos genera. Esta ficha resume las reglas del SERMIG y qué hacer cuando el certificado es imposible de conseguir.

Quién, dónde y cuándo

Quién lo presenta Mayores de 18 años que piden residencia temporal (primera vez, prórroga o cambio de subcategoría), residencia definitiva o carta de nacionalización
De qué país Del país de origen o de aquel en el que la persona haya residido los últimos 5 años, según la regla del SERMIG
Vigencia Residencia temporal y definitiva: no más de 60 días desde su emisión, según las páginas de cada trámite. Las preguntas frecuentes del SERMIG mencionan 90 días y certificados «verificables»; como regla segura, usa 60. Además, el SERMIG puede pedir que esté vigente cuando analiza la solicitud
Forma Apostillado en el país que lo emitió, o legalizado por el consulado de Chile y el Ministerio de Relaciones Exteriores si ese país no es parte del Convenio de la Apostilla; con traducción oficial si no está en español ni en inglés; en PDF
Menores de edad al entrar En nacionalidad, quien entró a Chile siendo menor de edad y no puede obtener el certificado de su país puede presentar el certificado de viajes de la Policía de Investigaciones
Costo Lo fija la autoridad del país que lo emite. La legalización en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile no tiene costo

Requisitos, con el nombre que usa el SERMIG

  • «Certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por la autoridad competente de su país de origen o de aquel en el cual haya residido en los últimos 5 años (mayores de edad)». Así lo nombran las páginas de residencia temporal, prórroga y cambio de subcategoría.
  • En nacionalidad: «certificado de antecedentes penales o judiciales de país de origen apostillado o legalizado, y traducido si corresponde (mayores de 18 años)».
  • Reglas para el documento: apostilla o legalización (Código de Procedimiento Civil, artículos 345 y 345 bis); traducción oficial si no está en español ni en inglés; en PDF. Cómo se hace cada paso: apostilla, legalización y traducción.

Paso a paso

  1. Define qué país corresponde: tu país de origen, o donde viviste los últimos 5 años.
  2. Revisa cómo se pide en ese país: muchos lo emiten en línea con verificación electrónica; otros, solo por consulado.
  3. Calcula la fecha: pídelo cuando ya tengas listo el resto de los documentos, para que no pase de 60 días el día que envías.
  4. Apostíllalo o legalízalo según el país, y tradúcelo si hace falta.
  5. Escanea el certificado completo, con la apostilla y la traducción, en un solo PDF.
  6. Guarda la fecha de emisión: si el SERMIG te pide un certificado vigente al analizar la solicitud, tendrás que pedir uno nuevo.

Errores frecuentes

  • Certificado vencido entre que lo pediste y lo enviaste, o entre el envío y el análisis. Es el rechazo formal más común.
  • Sin apostilla, o apostillado en Chile (no se puede: se apostilla en el país que lo emite).
  • Enviar solo la primera hoja y no la de la apostilla o la traducción.
  • Confundir «país de origen» con «país de nacimiento». En un caso de Ulises, el SERMIG exigió el certificado del país donde la persona nació pero nunca vivió; la Corte Suprema dejó sin efecto el rechazo y la orden de abandono por exigir un documento impertinente: caso Rol 40487-2026.
  • Dejar un requerimiento sin respuesta porque el país no emite el documento, en vez de explicarlo por escrito con pruebas.

Qué hacer si se atrasa o te lo rechazan

Si tu país no emite el certificado o no puedes conseguirlo, responde el requerimiento dentro del plazo con una carta explicativa y los documentos que lo prueban (constancias del consulado, correos, intentos fallidos): requerimientos del SERMIG.

Si te rechazaron por el certificado, antes del rechazo el SERMIG debe darte 10 días para presentar antecedentes (Ley 21.325, artículo 91). Si ya hay resolución con orden de abandono, los recursos administrativos (5 días hábiles) y el recurso de amparo son las vías: dejar sin efecto la orden de abandono.

Fuente oficial

SERMIG: Residencia Temporal (documentos generales y criterios) · Residencia Definitiva · Nacionalidad · Preguntas frecuentes · Ley 21.325, artículo 91.

Portal completo: trámites migratorios en Chile, en lenguaje simple.

Casos ganados sobre este tema

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Escrito por: Yesid Castaño

Escrito por: Yesid Castaño

Fundador de Ulises Abogados. Coordina la estrategia de los casos de la firma; la representación ante los tribunales está a cargo de las abogadas del equipo. En 2019 llevó al Senado la propuesta para que los trabajadores extranjeros pudieran retirar sus fondos de AFP. Más en yesidcastano.cl.