Vulneración a la vigencia de las cédulas de identidad extranjeras
El artículo 43, inciso final, de la ley de migraciones y extranjería establece que mientras un migrante se encuentre en…
Cedula Chile

El artículo 43, inciso final, de la ley de migraciones y extranjería establece que mientras un migrante se encuentre en trámite de residencia, su cédula de identidad se considera vigente. No obstante, en la práctica, muchos migrantes enfrentan discriminación y vulneración de sus derechos al realizar trámites en diversas instituciones.

Problemas enfrentados por migrantes en trámites de residencia

Los migrantes con residencia en trámite suelen enfrentarse a dificultades en varios aspectos de la vida cotidiana, tales como:

  1. Realizar gestiones en notarías
  2. Solicitar créditos o realizar operaciones bancarias
  3. Comprar bonos de atención médica en ISAPRE o FONASA
  4. Conseguir empleo en empresas privadas o entidades públicas
  5. Arrendar viviendas

La falta de apoyo del Servicio de Registro Civil e Identificación

La aplicación del artículo 43 se ve obstaculizada por la falta de coordinación entre el Servicio de Registro Civil e Identificación y el proceso de tramitación de residencia de los migrantes. Esto provoca que, al consultar la vigencia de la cédula de identidad, aparezca como vencida, generando discriminación y dificultades en trámites cotidianos.

El cambio de criterio de la Corte Suprema y su impacto en la situación de los migrantes

Desde el año 2021 hasta marzo de 2023, la la Corte Suprema respaldaba a los migrantes que se encontraban en trámite de residencia, considerando que el trato discriminatorio se debía a la demora del servicio nacional de migraciones en resolver sus solicitudes. Sin embargo, desde marzo de 2023, la Corte ha cambiado su criterio, atribuyendo la responsabilidad a cada institución que desconoce la aplicación del artículo 43 de la ley de migraciones.

El cambio de criterio se ha debido, producto de una serie de conversaciones entre el director del SERMIG y los ministros de la Corte Suprema, lo cual es una situación grave, puesto que hace peligrar la independencia del poder judicial respecto al actuar de la administración.

¿Están las instituciones tomando medidas para reconocer la vigencia de las cédulas de migrantes en trámite de residencia?

El cambio de criterio de la Corte Suprema ha agudizado la crisis migratoria, ya que, al liberar de responsabilidad al al Servicio Nacional de Migraciones, tiene como consecuencia, que, ante cualquier situación de discriminación, los migrantes deban reclamar directamente contra la institución que los discrimino. El problema de esto, es que no es solo una institución, sino que son varias, y por tanto reclamar por cada una de ellas no es viable para las personas.

 Hasta ahora la solución más directa era responsabilizar al SERMIG, pues se daba una solución global inmediata. En consecuencia, a pesar del llamado de la Corte Suprema, muchos migrantes siguen enfrentando discriminación y dificultades en sus trámites cotidianos. Esto evidencia que las instituciones aún no han adoptado medidas suficientes para garantizar el cumplimiento de dicho artículo

Propuestas para solucionar el incumplimiento de la vigencia de la cédula de identidad de los migrantes en trámite de residencia

Para enfrentar este problema, se proponen las siguientes acciones:

1. Capacitación y difusión del artículo 43 a nivel institucional

Las instituciones involucradas en trámites que afectan a migrantes deben recibir capacitación y estar informadas sobre el artículo 43 de la ley de migraciones y extranjería. Esto permitirá a los funcionarios reconocer la vigencia de las cédulas de identidad de migrantes en trámite de residencia y evitar situaciones de discriminación.

2. Mejorar la coordinación entre el Servicio de Registro Civil e Identificación y el proceso de tramitación de residencia

Es fundamental establecer una comunicación fluida entre el Servicio de Registro Civil e Identificación y el servicio nacional de migraciones para asegurar que la información sobre la vigencia de las cédulas de identidad de migrantes en trámite de residencia sea accesible y actualizada.

3. Implementar medidas de seguimiento y fiscalización

Las autoridades competentes deben llevar a cabo acciones de seguimiento y fiscalización para garantizar que las instituciones cumplan con la aplicación del artículo 43. En caso de incumplimiento, se deben aplicar sanciones y medidas correctivas.

Los migrantes en trámite de residencia deben tener acceso a información clara y asesoramiento legal para conocer sus derechos y cómo hacer valer la vigencia de su cédula de identidad en trámites cotidianos. Esto les permitirá enfrentar situaciones de discriminación y defender sus derechos.

Finalmente, el incumplimiento de la vigencia de la cédula de identidad de los migrantes en trámite de residencia es un problema que afecta a miles de personas y vulnera sus derechos. Para abordar esta situación, es necesario implementar medidas concretas que garanticen la aplicación efectiva del artículo 43 de la ley de migraciones y extranjería y el reconocimiento de la vigencia de las cédulas de identidad de los migrantes en trámite de residencia.

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Escrito por: Ulises Abogados Chile

Escrito por: Ulises Abogados Chile

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