Reunificación familiar en Chile: requisitos, documentos y plazos

En los casos de padre o madre se debe adjuntar el certificado de nacimiento de la persona de nacionalidad chilena…

La residencia temporal por reunificación familiar es para quien tiene un vínculo con un chileno o con un residente definitivo: cónyuge o figura equivalente, padre, madre, hijo menor de 18, hijo con discapacidad, hijo soltero estudiante menor de 24, o menor bajo su cuidado. Se pide en el Portal de Trámites Digitales del SERMIG, desde Chile o desde el extranjero, y permite trabajar desde el certificado de residencia en trámite.

Es, en los casos que llevamos, el trámite que más atrasa el Servicio Nacional de Migraciones. El plazo legal es de 6 meses. Esta guía te da los requisitos por vínculo con los nombres exactos del SERMIG, el paso a paso, la protección especial de los niños, niñas y adolescentes, y qué hacer cuando la solicitud no avanza o la rechazan.

Datos rápidos

Qué es Subcategoría 1 de la residencia temporal (Decreto N° 177). Vigencia hasta 2 años, prorrogable mientras el vínculo siga vigente
Quién puede pedirla Cónyuge o figura análoga, padre o madre, hijo menor de 18, hijo con discapacidad, hijo soltero estudiante menor de 24, menor bajo cuidado personal o curaduría, de una persona chilena o de un residente definitivo
Dónde Portal de Trámites Digitales del SERMIG: «Residencia Temporal en Chile» o «en el extranjero»
Documentos Pasaporte, antecedentes penales (mayores de 18, máximo 60 días), fotografía, y el certificado que prueba el vínculo (matrimonio, unión civil o nacimiento)
Se puede pedir desde Chile Sí: es una de las excepciones para quien está como turista
Trabajo Sí, con el certificado de residencia en trámite y con el permiso otorgado
Plazo oficial 6 meses (Ley 19.880, art. 27)
Plazo en la práctica El que más se atrasa de las residencias temporales (casos que llevamos)

Qué es la reunificación familiar y quién puede pedirla

La Ley 21.325 reconoce el derecho de las personas extranjeras a entrar y residir en Chile para reunirse con su familia. Se ejerce por una residencia temporal específica, la subcategoría de reunificación familiar, que pueden pedir quienes acreditan uno de estos vínculos con una persona chilena o con un titular de residencia definitiva:

  • Cónyuge, u otra figura que produzca efectos equivalentes al matrimonio (en Chile, el acuerdo de unión civil).
  • Padre o madre.
  • Hijo o hija menor de 18 años.
  • Hijo o hija con discapacidad.
  • Hijo o hija soltero menor de 24 años que esté estudiando.
  • Menor de edad bajo su cuidado personal o curaduría.

Es una de las pocas puertas para pedir residencia estando en Chile como turista. Por eso también es la que el SERMIG revisa con más detalle: en los casos que llevamos, el aumento de matrimonios celebrados solo para obtener papeles explica parte del atraso y del rigor con que se piden pruebas del vínculo real.

Requisitos y documentos por vínculo (nombres del SERMIG)

Para todos: imagen escaneada de la hoja de identificación del pasaporte (desde el extranjero, pasaporte vigente por al menos 1 año; desde Chile se acepta el documento de identidad vigente); certificado de antecedentes penales del país de origen o del país donde viviste los últimos 5 años (mayores de 18; máximo 60 días desde su emisión); fotografía reciente a color, fondo blanco. Si estás en Chile como turista, copia de la Tarjeta Única Migratoria o del timbre de ingreso.

Vínculo Documento que lo prueba
Cónyuge de chileno/a o de residente definitivo Certificado de matrimonio entre solicitante y titular
Unión civil Certificado de acuerdo de unión civil
Hijo menor de 18 Certificado de nacimiento del solicitante + declaración de cuidados y expensas firmada ante notario con firma electrónica avanzada
Hijo soltero estudiante, 18 a 24 Certificado de nacimiento + antecedentes penales + certificado de matrícula o alumno regular de una institución reconocida por el Estado
Hijo con discapacidad Certificado de nacimiento + antecedentes (si es mayor de 18) + certificado del Registro Nacional de la Discapacidad, resolución de la COMPIN o certificado oficial del país de origen apostillado
Menor bajo cuidado Certificado de nacimiento + declaración de cuidados y expensas + certificado de la tutoría o custodia a favor del chileno o residente
Padre o madre de chileno/a Certificado de nacimiento del hijo chileno emitido por el Registro Civil
Padre o madre de residente definitivo Certificado de nacimiento del titular de la residencia definitiva

Documentos en idioma distinto del español o inglés, con traducción oficial; emitidos fuera de Chile, apostillados o legalizados; privados dentro de 30 días desde su emisión, públicos dentro de 60; todo en PDF. Si alguien te mantiene, necesitarás además la declaración jurada de expensas.

Paso a paso

  1. Confirma el vínculo y su prueba. El matrimonio celebrado fuera de Chile debe estar inscrito en el Registro Civil chileno para varios trámites posteriores; conviene inscribirlo desde el inicio.
  2. Reúne los documentos con apostilla y traducción. Pide los antecedentes penales al final: vencen a los 60 días.
  3. Postula en el portal, en «Residencia Temporal en Chile» o «en el extranjero» según dónde estés. Guarda el comprobante con la fecha.
  4. Descarga el certificado de residencia en trámite si postulaste desde Chile: te permite trabajar y salir y entrar del país.
  5. Responde los requerimientos que lleguen al correo declarado y a la bandeja del portal. Antes de un rechazo, el SERMIG notifica las razones y da 10 días hábiles para descargos.
  6. Paga los derechos cuando te lo notifiquen (desde Chile) o antes de enviar (desde fuera). Descarga el estampado electrónico y pide cédula en el Registro Civil.
  7. Prórroga: entre 90 y 10 días antes del vencimiento, acreditando que el vínculo sigue vigente.

Niños, niñas y adolescentes: la protección especial

La Ley 21.325 obliga al Estado a asegurar los derechos de los niños, niñas y adolescentes (NNA) extranjeros desde su ingreso, cualquiera sea la situación migratoria de sus padres o de los adultos a su cuidado. Lo que esto significa en la práctica:

  • No se les sanciona. Un NNA con permiso vencido no recibe multa ni orden de expulsión por infracción migratoria.
  • Residencia inmediata e independiente. A los NNA que soliciten residencia temporal se les otorga de forma inmediata y con plena vigencia, sin importar la situación del padre, madre o cuidador. El permiso no se extiende automáticamente a los adultos.
  • Prioridad. La ley ordena dar prioridad a los NNA en reunificación familiar, y la Corte Suprema ha exigido máxima urgencia en sus permisos por el interés superior del niño.
  • Quién postula. El padre, la madre, el guardador o la persona a cargo del cuidado personal pide el permiso y sus prórrogas.
  • Cómo deben entrar a Chile. Acompañados por padre, madre, guardador o cuidador, o con autorización escrita de ellos, del tribunal o de la autoridad competente, legalizada ante el consulado chileno o apostillada. Si un NNA llega sin acompañante ni autorización, queda al cuidado de la autoridad competente mientras se resuelve, siempre con su interés superior como criterio.

Estas reglas nacen de la Convención sobre los Derechos del Niño y de la Convención sobre los trabajadores migratorios y sus familias, ambas ratificadas por Chile.

Plazos: lo oficial y lo real

Lo que dice la ley: 6 meses como máximo (Ley 19.880, artículo 27). Lo que vemos: la reunificación familiar es la residencia temporal que más se atrasa. En uno de nuestros casos, una solicitud presentada en mayo de 2024 seguía «en etapa de resolución» veinte meses después.

Pasados 6 meses y un día, se puede pedir a la Corte de Apelaciones, con un recurso de protección, que ordene al SERMIG resolver. En ese caso la Corte de Santiago fijó 60 días y el SERMIG no apeló. Servicio: aceleración de residencia temporal, sección reunificación familiar.

Problemas frecuentes y qué hacer

Mi solicitud lleva más de 6 meses sin respuesta

Revisa el estado en el portal. Si supera los 6 meses, el recurso de protección obliga al SERMIG a decidir en un plazo. No decide por ti, pero termina con la espera indefinida.

Me rechazaron la reunificación familiar

Las causas habituales: el vínculo no quedó acreditado (matrimonio no inscrito, certificados vencidos), o dudas sobre la convivencia real. Los recursos administrativos suspenden los efectos del rechazo mientras se resuelven; el amparo ha revertido rechazos con orden de abandono. Caso: visa ganada tras el rechazo de una reunificación familiar.

Mi hijo está en Chile y yo estoy irregular

Tu hijo tiene derecho a su residencia con independencia de tu situación, y no puede ser sancionado. Tu propio camino se revisa aparte: ser padre o madre de un hijo chileno abre la reunificación familiar. Caso: protección migratoria de la madre de una hija chilena.

Mi cónyuge es chileno pero nos casamos fuera de Chile

Inscribe el matrimonio en el Registro Civil chileno. Para la reunificación el SERMIG pide el certificado de matrimonio; para la nacionalidad por vínculo, más adelante, exige que esté inscrito en Chile.

Alguien me mantiene económicamente

Se acredita con la declaración jurada de expensas del sostenedor, ante notario con firma electrónica avanzada, más sus ingresos. Quién debe hacerla y cómo.

Casos ganados sobre reunificación familiar

Cada caso tiene número de rol y se puede verificar en el Poder Judicial. Los datos del cliente están anonimizados.

Evalúa tu caso

Si tu reunificación familiar lleva más de 6 meses sin respuesta, o te la rechazaron, cuéntanos la fecha de solicitud, el vínculo y qué te notificaron. La primera evaluación es por videollamada y sin costo.

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¿Puedo trabajar con la residencia por reunificación familiar?

Sí. Con el permiso otorgado puedes desarrollar actividades lícitas remuneradas, y mientras se resuelve, el certificado de residencia en trámite te habilita para trabajar.

¿Puedo pedir la reunificación familiar estando en Chile como turista?

Sí. Tener vínculo de familia con chileno o residente definitivo es una de las excepciones del artículo 69 de la Ley 21.325 para postular desde dentro del país.

¿Cuánto dura y cómo se prorroga?

Hasta 2 años. Se prorroga por dos años sucesivos, acreditando que el vínculo con la persona chilena o residente definitiva sigue vigente. Con 24 meses de residencia temporal puedes postular a la residencia definitiva, y con vínculo familiar el SERMIG puede reducir ese plazo a 12.

¿Sirve una unión de hecho sin registro?

El SERMIG pide cónyuge o «figura análoga que produzca efectos equivalentes al matrimonio». En Chile eso es el acuerdo de unión civil. Una convivencia sin registro no acredita el vínculo para esta subcategoría.

Fuente oficial

Servicio Nacional de Migraciones: Residencia Temporal, subcategoría 1, Reunificación familiar · SERMIG: Niñez migrante · Ley 21.325.

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Cada caso tiene número de rol y tribunal; los datos del cliente están anonimizados.

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Escrito por: Yesid Castaño

Escrito por: Yesid Castaño

Fundador de Ulises Abogados. Coordina la estrategia de los casos de la firma; la representación ante los tribunales está a cargo de las abogadas del equipo. En 2019 llevó al Senado la propuesta para que los trabajadores extranjeros pudieran retirar sus fondos de AFP. Más en yesidcastano.cl.