Las personas de Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay pueden pedir la residencia temporal por reciprocidad internacional, la subcategoría 15 del SERMIG conocida como «Mercosur». No exige contrato ni oferta de trabajo: basta el pasaporte (o el DNI si eres de Bolivia), el certificado de antecedentes penales y una foto. Se pide desde el exterior, dura hasta 2 años, permite trabajar y se puede prorrogar. Esta ficha resume quién califica, los documentos con el nombre oficial y los errores más comunes.
Quién, dónde y cuándo
| Quién puede pedirla | Nacionales de Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay (Ley 21.325, artículo 70, número 13). Otras nacionalidades de la región, como Colombia, Perú o Venezuela, no están en esta subcategoría |
| Dónde | Solo desde el exterior, en el Portal de Trámites Digitales del SERMIG, con ClaveÚnica o una cuenta del portal |
| Vigencia | Hasta 2 años. Se prorroga acreditando que continúan las actividades por las que se otorgó el permiso: prórroga de la residencia temporal |
| Trabajar | Sí, puedes trabajar en actividades lícitas remuneradas, con los límites del Código del Trabajo para menores de edad |
| Costo | Según nacionalidad, en la tabla de aranceles del SERMIG. Para los nacionales de Bolivia se eliminó el arancel de solicitud (acuerdo migratorio Bolivia–Chile) |
| Familia | Pueden pedirla como dependientes del titular el cónyuge o conviviente y los hijos menores de 18, con discapacidad, o de 18 a 23 años que estudien en una institución reconocida por el Estado (artículo 74). Los dependientes también pueden trabajar |
| Plazo para resolver | 6 meses (Ley 19.880, artículo 27). El SERMIG debe informar el estado cada 60 días hábiles (Ley 21.325, artículo 37) |
Requisitos, con el nombre que usa el SERMIG
- Pasaporte vigente, por al menos un año desde la fecha de solicitud. Las personas de Bolivia pueden presentar su DNI vigente, por convenio bilateral.
- Certificado de antecedentes penales o documento equivalente del país de origen o de donde hayas vivido los últimos 5 años (mayores de edad), con no más de 60 días desde su emisión.
- Fotografía reciente: a color, fondo blanco, rostro completo, expresión neutral, sin anteojos ni gorro, en JPG o PNG.
Reglas para todos los documentos: traducción oficial si no están en español o inglés (los certificados de Brasil en portugués la necesitan); apostilla o legalización si se emitieron en el exterior; los de entidades privadas dentro de 30 días desde su emisión y los públicos dentro de 60; todo en PDF. El SERMIG puede pedir que estén vigentes cuando analiza la solicitud.
Paso a paso
- Confirma tu nacionalidad y tu documento: pasaporte con más de un año de vigencia, o DNI si eres de Bolivia.
- Pide el certificado de antecedentes penales con apostilla y, si corresponde, traducción. Calcula que no tenga más de 60 días el día que envías.
- Crea tu cuenta en el Portal de Trámites Digitales y declara un correo que revises: ahí llegan los requerimientos.
- Completa la solicitud de residencia temporal, subcategoría Mercosur, adjunta todo en PDF y paga los derechos si corresponde.
- Guarda el comprobante con número y fecha: desde ahí corren los 6 meses de la Ley 19.880.
- Cuando te la otorguen, descarga el estampado electrónico (120 días hábiles) y entra a Chile dentro de 90 días corridos; la vigencia empieza al entrar.
- Pide hora en el Registro Civil para la cédula dentro de los 30 días siguientes a tu ingreso.
- Si viene tu familia, cada integrante postula como dependiente del titular.
Errores frecuentes
- Postular desde Chile estando como turista. Esta subcategoría es solo desde el exterior; la solicitud hecha en Chile se rechaza, salvo que estés en una de las excepciones de la ley (por ejemplo, vínculo de familia con chilenos): permanencia transitoria.
- Pasaporte con menos de un año de vigencia al momento de postular.
- Certificado de antecedentes vencido o sin apostilla.
- Creer que «Mercosur» incluye a todos los países de Sudamérica. Para esta subcategoría son solo los cinco de arriba.
- No ver un requerimiento en el correo declarado.
Qué hacer si se atrasa o te la rechazan
Si pasaron más de 6 meses sin respuesta, se puede pedir a la Corte de Apelaciones que ordene resolver: tu trámite migratorio no avanza. Un ejemplo con número de rol: 11 meses en espera: la Corte exige respuesta en una visa Mercosur. Es lo que trabaja el servicio de aceleración de residencia temporal.
Si te la rechazan, antes el SERMIG debe notificarte las razones y darte 10 días para presentar antecedentes (artículo 91); contra el rechazo caben los recursos administrativos de la Ley 19.880 (5 días hábiles). Más detalle en la guía de residencia temporal.
Fuente oficial
SERMIG: Mercosur, principio de reciprocidad internacional · Residencia Temporal · Aranceles migratorios · Ley 21.325, artículos 37, 70, 74 y 91 · Ley 19.880, artículo 27.
Portal completo: trámites migratorios en Chile, en lenguaje simple. Guía del tema: residencia temporal: las 15 subcategorías.
